Santuario de Fauna y Flora Iguaque
Objeto del acto: Declaratoria
Fecha del acto: 2/05/1977
Distribución en departamentos: Boyacá
Extensión total: 6.888 ha.
Descripción del área
El Santuario de Flora y Fauna de Iguaque se ubica entre los municipios de Chíquiza, Arcabuco y Villa de Leyva en el departamento de Boyacá, abarcando un total de 6.889 hectáreas. Los ecosistemas de páramo (semihúmedo y seco) y de bosque andino son el soporte de la provisión de agua de consumo local de los municipios en mención. La presencia de siete humedales paramunos distribuidos a más de 3.400 m de altitud le confieren al Santuario un territorio de especial significancia asociada a la cultura Muisca, en particular la Laguna Sagrada de Iguaque, principal atractivo turístico del Santuario.
Recomendaciones especiales
Verifique la tabla de horarios de ingreso en la sección “valor ingreso”. La capacidad de carga diaria en el Santuario, para hacer uso de los senderos es de 138 personas y para la panta turística y/o alojamiento es de 98 personas. Para acceder al Área Protegida se debe transitar un tramo de 3 km desde el sector de Casa de Piedra al Centro administrativo Carrizal. El recorrido hasta la Laguna Sagrada de Iguaque se estima de 6 a 7 Horas con una longitud de 9,2 Km aprox. (ida y regreso) inicia con 2.840 mts de altitud y finaliza a 3.650 mts de altitud en la laguna Sagrada de Iguaque. Está prohibido el ingreso de mascotas. Debido a la fragilidad de los ecosistemas presentes en el área protegida no se deben introducir transitoria o permanentemente animales, semillas, flores de ninguna especie. No se permite recolectar muestras de flora, fauna, gea (elementos minerales), material animal o vegetal del área protegida.
Recomendaciones de seguridad y prevención del riesgo
- La charla introductoria y de educación ambiental es de carácter obligatorio.
- No está permitido sumergirse en la Laguna de Iguaque ni caminar en sus alrededores.
- No se permite arrojar ofrendas a la laguna de Iguaque.
- Se recomienda a las personas con discapacidad física, problemas cardíacos o respiratorios, mujeres en embarazo, niños menores de siete años o adultos mayores abstenerse de realizar este sendero por seguridad.
- En época de invierno, el terreno de los senderos se pone demasiado resbaladizo y es difícil el tránsito. Tiene una pendiente pronunciada, lo cual no facilita el ascenso a todos los visitantes. Los meses secos van de enero a marzo y de septiembre a diciembre, los lluviosos de abril a mayo y de octubre a noviembre.
- Se prohíbe la extracción de leña de los alrededores del área de camping y se restringe la realización de fogatas a las áreas adecuadas para tal fin.
- El ingreso de bebidas alcohólicas y sustancias psicoactivas está restringido.
- El ingreso y porte de armas está restringido.
- Está prohibido arrojar colillas de cigarrillos, quemar basura, realizar talas y capturar animales silvestres.
- La participación de menores de edad en el desarrollo de actividades ecoturísticas requerirá el acompañamiento y/o participación de adultos responsables de los mismos.
- Se recomienda que los niños que visiten el SFF sean mayores de 8 años debido a la altitud del lugar y nivel de dificultad de los senderos.
- La basura que ingresa al Santuario deberá ser retirada o depositada en canecas recolectoras.
- Las fotografías, películas, grabaciones de sonido, de los valores naturales para ser empleados con fines comerciales y el uso de drones requieren un permiso de filmación y fotografía ante Parques Nacionales Naturales de Colombia.
- No se permite recolectar muestras de flora, fauna, gea (elementos minerales), material animal o vegetal del área protegida.
Regionalmente, el Santuario de Flora y Fauna Iguaque se localiza en el extremo sur de un cordón montañoso de la Cordillera Oriental conocido como el corredor de bosques y páramos Iguaque.Guantiva-La Rusia, que se distribuye entre los departamentos de Santander y Boyacá.
Localmente, el extremo sur de dicho corredor lo conforma la cuchilla de Morronegro también conocida orográficamente como el Macizo de Iguaque, estructura geológica que se extiende entre el interfluvio de los ríos Samacá (o Sachicá) al sur y Pomeca al norte, y conforma los relieves más prominentes de la región. Con 7.886 ha distribuidas entre 2.400 y 3.829 m de altitud, esta área protegida hace parte de los municipios de Arcabuco, Chí quizá y Villa de Leyva, departamento de Boyacá.
Verifique el horario de ingreso en la sección “valor ingreso”. La capacidad de carga diaria de los senderos habilitados para la recreación pasiva es reducida, al igual que la infraestructura de alojamiento.
Para acceder al Santuario lo puede hacer desde Villa de Leyva o Arcabuco; a su vez, a estos se accede desde la ciudad de Tuna, capital del departamento de Boyacá, en una distancia de 37 y 24 km, respectivamente. A partir de estos, por vías sin pavimentar y tras una distancia de entre 17 y 12 km, encontrará el sitio conocido Casa de Piedra, vereda Capilla. Desde aquí, deberá continuar por una vía estrecha apta para vehículos 4×4 en una distancia de 3 km hasta encontrar el centro Administrativo Carrizal, sitio de recibimiento y registro de visitantes, localizado a 2.850 m de altitud.
Hay disponibilidad de transporte público desde Villa de Leyva y Arcabuco. Asegúrese de tomar el transporte a las 7 a.m. desde estos municipios. Las rutas no son frecuentes (cada 3 horas). El retorno es las 4 p,m.
Para quienes se movilizan en vehículo particular, la experiencia señala no utilizar aplicaciones de orientación y localización geográficas, de lo contario terminará en lugares alejados del antes descrito para el ingreso.
Dos opciones de senderos existentes para realizar una caminata:
- SENDERO BACHUE “LAGUNA SAGRADA DE IGUAQUE” (capacidad de carga 88 personas/día)
El atractivo principal del Santuario es el sendero Bachué que conduce hacia la laguna sagrada de Iguaque. Este sendero tiene una longitud de 4,7 km, desde el centro administrativo Carrizal y en su recorrido atraviesa los ecosistemas representativos del Santuario (bosque andino, alto andino y paramo). El recorrido tiene una duración de aproximadamente 6 horas (ida y regreso) en ascenso desde 2.850 a 3.600 m de altitud. En el trayecto se encuentran vallas informativas e interpretativas sobre aspectos biológicos, de sensibilización y aspectos culturales del Área Protegida. El sendero se divide en dos partes la primera denominada El Clarinero que inicia en el centro administrativo carrizal hasta el centro de alojamiento Furachiogua y la segunda parte denominada Bachué que va desde el centro de visitantes hasta la Laguna Sagrada de Iguaque, este sendero es lineal; inicia a una altura de 2.640m y finaliza a 3.600 msnm aproximadamente.
Actividades:
– Senderismo.
– Prácticas educativas.
– Observación de aves.
– Montañismo
– Toma de fotografías y filmación
– Actividades espirituales y culturales
– Actividades de bienestar y de salud
- SENDERO IE-SUE “CAMINO DE LAS AVES” (capacidad de carga 50 personas/día)
El sendero de IE-SUE tiene una extensión de 1,88 km con una duración aproximada de 2 horas y 30 minutos contemplando el desarrollo de actividades de interpretación del patrimonio. Inicia en la Sede Administrativa de Carrizal. El recorrido se hace en el ecosistema de bosque andino pasando por la quebrada de Carrizal. Este sendero pasa por el auditorio y las ruinas de la casa de “Mamarramos”. Altitud mínima 2.850 m, altitud máxima 2.950 m.
Actividades
– Senderismo.
– Prácticas educativas.
– Observación de aves.
– Toma de fotografías y filmación
– Actividades espirituales y culturales
– Actividades de bienestar y de salud
No se permite el ingreso de mascotas y está prohibido extraer animales silvestres, semillas ni flores de ninguna especie. No se permite recolectar muestras de vegetación y gea (elementos minerales).
Horario de ingreso
CONCEPTO | HORARIO | OBSERVACIONES |
Horario general de atención a visitantes | 8:00 am – 5:00pm | Horario general de atención a visitantes para todos los días del año |
Ingreso sendero Bachué | 8:00 am – 10:00am | Sendero para la “Laguna Sagrada de Iguaque”. Nivel de dificultad Alto. |
Ingreso sendero IE-SUE
|
8:00 am – 2:00pm
|
Sendero que significa Muisca “Camino de las aves” corto con un nivel de dificultad medio |
Servicio de alojamiento y restaurante | 8:00 am – 5:00pm | Temporalmente fuera de servicio |
GENERALIDADES DE INGRESO DE VISITANTES AL ÁREA PROTEGIDA
Toda persona nacional o extranjera tiene derecho a visitar el Santuario de Fauna y Flora Iguaque, previa reserva hecha por medio del correo electrónico y al cumplimiento de los siguientes requisitos:
- Pago de derecho de ingreso: el visitante deberá cancelar los derechos de ingreso al Área Protegida, según la resolución vigente de tarifas. En los casos en los que apliquen exoneraciones en el pago de derechos de ingreso, los usuarios deberán adelantar el trámite correspondiente y facilitar los documentos solicitados según el caso.
- Adquisición de un seguro de accidentes y rescate: Se establece como obligatoriedad adquirir un seguro de accidentes y rescate, considerado como un instrumento que permite contar con soporte económico para atender posibles emergencias al visitante, conforme a la normatividad vigente.
- Diligenciar el formato de registro y seguir las recomendaciones del equipo del área protegida.
- Charla de inducción: Una vez realizado el registro, los visitantes pasaran a la zona de inducción, donde una persona del equipo del Santuario se encargará de contextualizar al visitante sobre los Parques Nacionales Naturales de Colombia, contexto del área protegida, recomendaciones necesarias para la seguridad. La charla de inducción presencial en el AP.
- Todo ingreso al área protegida para recorrer los senderos autorizados deberá ser orientado por un guía de turismo o interprete del patrimonio, el cual deberá ser contratado con anterioridad. La distribución de grupos a los senderos se realizará en el orden de llegada, registro e inducción.
OFICINA DE ATENCIÓN AL USUARIO
Se podrá solicitar información en las oficinas de Parques Nacionales Naturales de Colombia distribuidas a nivel nacional, regional y local, así:
- Nivel Central, Bogotá: Calle 74 N° 11 – 81 Oficina de atención al usuario. Teléfono (+57) 1 3532400 Horario: lunes a viernes jornada continua de 8:30 a.m a 5:30 pm
- Dirección Territorial Andes Nororientales, Bucaramanga: Avenida Quebrada Seca N° 30 – 12 Bucaramanga. Teléfono (+57) 7 6454861, 6454868. Horario: lunes a viernes de 8:00 am a 12:00 m y 2:00 pm a 6:00 pm
- Santuario de Fauna y Flora de Iguaque: Vereda Capilla – Sector Carrizal, Villa de Leyva, Colombia. Horario: lunes a viernes 8:00 am a 12:00 m 2:00 pm a 5:30 pm.
Correo electrónico: iguaque.ecoturismo@parquesnacionales.gov.co
ACTIVIDADES PERMITIDAS
- Actividades espirituales
- No se permite arrojar ofrendas a la laguna de Iguaque.
- No está permitido sumergirse en la Laguna de Iguaque ni caminar en sus alrededores.
- Este tipo de actividades deben estar orientadas por una persona con competencias, que permitan el adecuado desarrollo de las mismas.
- Se reconocen como actividades tradicionales de colectivos las siguientes (pagamentos, romerías), para las cuales se requerirán autorizaciones especiales que deberán ser tramitadas previamente con el Jefe del SFF Iguaque.
- SENDERISMO
- El tránsito de personas deberá restringirse a los caminos y senderos delimitados aun cuando estos se encuentren mojados o con lodo.
- Los visitantes no podrán transitar por los senderos entra las 7:00 p.m. y las 4:30 a.m. si no existe una autorización previa que así lo determine.
- Guardar silencio para disfrutar del sonido de la naturaleza.
- Respetar la señalización de senderos, los avisos y comunicados referentes al comportamiento de los visitantes y a los valores naturales y sociales del lugar.
- No intervenir (dañar, alterar o destruir) los avisos, señalización o letreros de comunicación que hay en el área.
- Observar la vida silvestre a distancia y nunca alimentar animales.
- No dejar rastros de basuras, alimentos o excrementos.
- No alterar (rayar) los arboles ni las rocas.
- Portar los residuos que genere durante la visita hasta la ciudad donde puedan disponer adecuadamente.
- Actividades de bienestar y salud
- Contar con una indumentaria adecuada para el desarrollo de las actividades que debe estar acorde con las características del Área Protegida.
- Este tipo de actividades deben estar orientadas por una persona con competencias, que permitan el adecuado desarrollo de las mismas.
- Prácticas educativas
Aquellas actividades que se adelanten en el Área Protegida deberán ceñirse a la reglamentación definida para el desarrollo de actividades ecoturísticas y restringirse a los senderos autorizados y las siguientes actividades quedan prohibidas:
- Colectas de minerales, fauna y flora.
Nota: Para la realización de parcelas temporales y otras actividades especiales en el marco de sus prácticas académicas, se requiere previa autorización del Jefe del Área Protegida.
- Observación de aves
- El desarrollo de actividades de observación de aves, debe restringirse solo al uso de los senderos y zonas permitidas.
- Este tipo de actividades deben estar orientadas por una persona con competencias, que permitan el adecuado desarrollo de las mismas; es decir, los visitantes y grupos de observadores de aves, sin excepción, deben ingresar al área protegida acompañados de personal del operador especializado en observación de aves.
- En caso de que se quiera realizar la actividad en horas de la madrugada o en la noche, se requeriría pernoctar en el Área Protegida y los horarios en los que se pueden desarrollar estas actividades son los siguientes: 4:00 a.m. – 10:00 p.m.
- Cuando las aves muestran signos de comportamientos evasivos, señales de alteración, estrés o agresión, el visitante deberá alejarse del sitio de observación.
- Si se identifica alguna situación anómala debe reportarse el hecho de manera inmediata al personal del SFF Iguaque.
- Se debe usar indumentaria (gorras, camisas, pantalones, buff) que se mimetice con el entorno, preferiblemente colores camuflados.
Bajo ninguna circunstancia en desarrollo de la observación de aves se podrá incurrir en las siguientes acciones:
- Utilizar señuelos (alimentos) con el objeto de atraer las aves o hacerlas salir de su sitio de descanso o anidamiento; excepto que haga parte de un programa o acciones debidamente autorizadas en apoyo a las aves durante temporadas de clima adverso.
- Realizar cualquier acto de acoso o de persecución que altere la conducta del ave o grupo de aves, o que implique forzar el contacto físico con algún ave o grupo de aves ocasionando maltrato, estrés o daño físico al mismo.
- Acercarse a nidos o perturbar actividades de cortejo.
- Utilizar luz artificial para filmar o fotografiar y ubicar las especies o grupos, su uso solamente estará autorizada en el marco de un proyecto de investigación o permiso de filmación regulada por Parques Nacionales.
- Tocar y/o extraer un nido, un huevo, o un pichón.
- Realizar maniobras que separen dispersen o hagan volar las aves o grupos de aves de los sitios de descanso permanencia o anidamiento.
- Generar ruidos molestos, tales como gritos, artefactos sonoros y bocinas, antes, durante y después de las actividades de observación.
- Apartar y /o romper ramas en busca de una mejor observación.
- Fotografía y filmación
Queda prohibido tomar fotografías, películas o grabaciones de sonido de los valores naturales del Área Protegida para ser empleados con fines comerciales sin aprobación previa. Se recomienda que en campo se cuente con protección para los equipos de fotografía y filmación. El uso de drones (y en general robots aéreos no tripulados) para este tipo de actividades deberá contar con la respectiva autorización de PNN.
- Camping
En la actualidad se cuenta con un área adecuada al interior del Santuario para adelantar esta actividad, con una capacidad total de 48 personas. La capacidad deberá restringirse a esta cifra. Se debe tener en cuenta, además:
- Se prohíbe la extracción de leña de los alrededores del área de camping y se restringe la realización de fogatas a las áreas adecuadas para tal fin.
- El desarrollo de esta actividad requiere del equipo adecuado para una mejor experiencia (Carpas cuatro estaciones, aislantes, bolsa o saco de dormir, Plásticos para el sobretecho, entre otros).
- Ubicar las carpas sin salirse de cerco perimetral natural del área de camping.
- Se prohíbe la instalación y práctica libre de camping fuera de las zonas definidas en el Área Protegida.
- Cada espacio para camping debe estar delimitado y señalizado, y con espacios necesarios para la circulación.
- Las instalaciones sanitarias deben cumplir con las normas básicas de sanidad e infraestructura y su capacidad instalada debe estar acorde a la capacidad de carga del área permitida para el prestador del servicio.
Nota: Este servicio actualmente está fuera de servicio.
OBLIGACIONES DE VISITANTES
- Hacer un adecuado manejo de los residuos sólidos generados en la visita. Idealmente trasladarlos hasta el lugar de origen o en su defecto depositarlos en los sitios establecidos para tal fin en los cascos urbanos de los municipios cercanos a los atractivos del Área Protegida.
- Mantener en todo momento una conducta favorable a la conservación de los recursos naturales y culturales del entorno.
- Informarse acerca de los requerimientos mínimos que deben ser tenidos en cuenta para realizar la visita al SFF Iguaque.
- Informar novedades relacionadas con su estado físico y/o cualquier circunstancia que pueda conllevar a la falta de idoneidad de sus condiciones personales para la realización las actividades ecoturísticas.
- Acoger las instrucciones brindadas por el personal del Santuario, los guías, intérpretes y/o expertos locales.
- La participación de menores de edad en el desarrollo de actividades ecoturísticas, requerirá el acompañamiento y/o participación de adultos responsables de los mismos. Se recomienda que los niños que visiten el SFF, sean mayores de 8 años debido a la altitud del lugar y nivel de dificultad de los senderos.
- Dar un uso óptimo a los recursos ambientales que son un elemento fundamental del desarrollo ecoturístico, manteniendo los procesos ecológicos esenciales y ayudando a conservar los recursos naturales y la diversidad biológica. En el marco de ello debe acoger las siguientes orientaciones:
- Transitar exclusivamente por los senderos ecoturísticos definidos por el SFF Iguaque, en grupos máximo de 10 personas (incluido el intérprete o guía) y en compañía de un guía o intérprete ambiental local (experto local).
- Acoger las recomendaciones básicas de indumentaria y otros aspectos para recorrer los senderos.
- Debe hacerse manejo responsable de los residuos sólidos y fisiológicos generados durante el desarrollo de actividades ecoturísticas en el Área Protegida.
- Respetar la autenticidad sociocultural de las comunidades locales, conservar sus activos culturales y sus valores tradicionales, contribuyendo al entendimiento y a la tolerancia.
- Respetar el tamaño de los grupos para la actividad de senderismo, definido en el estudio de capacidad de carga.
- Promover el involucramiento activo de miembros de la comunidad local en las actividades y/o servicios que se ofrezcan a los visitantes de acuerdo a la cadena de valor identificada para el ecoturismo en el Área Protegida y su área de influencia.
- Queda prohibido a todo el personal relacionado con el desarrollo del ecoturismo en el Área Protegida portar armas de fuego o cualquier implemento que se utilice para ejercer actividades de caza, pesca y tala de bosques, así como entrar a los atractivos del Santuario en horas distintas a las establecidas sin la autorización correspondiente.
- El uso de drones deberá estar autorizado previamente por parques Nacionales Naturales.
RECOMENDACIONES PARA OPERADOR DE TURISMO Y VISITANTES
- Indagar con suficiente tiempo de anticipación si aún existe capacidad de ingreso al sendero Bachué, puesto que este atractivo recibe un número de personas limitado por día.
- Tener suficiente tiempo para desarrollar su itinerario puesto que es factible que factores climáticos generen retrasos.
- El tránsito de personas deberá restringirse los caminos y senderos delimitados.
- Respetar la señalización de los senderos.
- Llevar ropa adecuada y suficiente para clima húmedo. Es indispensable ropa que proteja de la lluvia y de la exposición directa del sol (camisas de manga larga, sombrero o cachucha, lentes de sol).
- Usar calzado adecuado, preferiblemente calzado cerrado para montaña (outdoor). Está prohibido el ingreso al sendero Bachué con sandalias o chanclas.
- Hidratarse antes de emprender el viaje y llevar suficiente líquido.
- Aplicarse bloqueador solar.
RECOMENDACIONES DE SEGURIDAD Y PREVENCIÓN DEL RIESGO
- La charla introductoria y de educación ambiental es de carácter obligatorio.
- No está permitido sumergirse en la Laguna de Iguaque ni caminar en sus alrededores.
- No se permite arrojar ofrendas a la laguna de Iguaque.
- Se recomienda a las personas con discapacidad física, problemas cardíacos o respiratorios, mujeres en embarazo, niños menores de siete años o adultos mayores abstenerse de realizar este sendero por seguridad.
- En época de invierno, el terreno de los senderos se pone demasiado resbaladizo y es difícil el tránsito. Tiene una pendiente pronunciada, lo cual no facilita el ascenso a todos los visitantes. Los meses secos van de enero a marzo y de septiembre a diciembre, los lluviosos de abril a mayo y de octubre a noviembre.
- Se prohíbe la extracción de leña de los alrededores del área de camping y se restringe la realización de fogatas a las áreas adecuadas para tal fin.
- El ingreso de bebidas alcohólicas y sustancias psicoactivas está restringido.
- El ingreso y porte de armas está restringido.
- Está prohibido arrojar colillas de cigarrillos, quemar basura, realizar talas y capturar animales silvestres.
- La participación de menores de edad en el desarrollo de actividades ecoturísticas requerirá el acompañamiento y/o participación de adultos responsables de los mismos.
- Se recomienda que los niños que visiten el SFF sean mayores de 8 años debido a la altitud del lugar y nivel de dificultad de los senderos.
- La basura que ingresa al Santuario deberá ser retirada o depositada en canecas recolectoras.
- Las fotografías, películas, grabaciones de sonido, de los valores naturales para ser empleados con fines comerciales y el uso de drones requieren un permiso de filmación y fotografía ante Parques Nacionales Naturales de Colombia.
- No se permite recolectar muestras de flora, fauna, gea (elementos minerales), material animal o vegetal del área protegida.
Santuario de Fauna y Flora Iguaque | Valor |
Nacional o extranjero residente en Colombia o miembro de la CAN (mayor de 6 años hasta los 25 años) | $ 14.500 |
Adulto nacional, miembro de la CAN o extranjero residente en Colombia (mayor de 25 años) | $ 22.000 |
Extranjero No residente en Colombia ni miembro de la CAN | $ 63.500 |
Cobro por transporte terrestre
Santuario de Fauna y Flora Iguaque | Valor |
Automóvil | $17.500 |
Colectivo | $ 42.500 |
Bus-Buseta | $ 89.500 |
Moto | $11.500 |
De conformidad con la Resolución No. 092 de 2018 expedida por Parques Nacionales Naturales de Colombia, es requisito para el ingreso al Santuario de Fauna y Flora Iguaque que cada persona que ingrese al área protegida adquiera una póliza de accidentes y rescate para cada uno de los días de visita. Esta póliza debe ser adquirida, previamente a la fecha de su visita, mediante cualquiera de las siguientes empresas:
COLASISTENCIA Teléfono: +57 1 7428117
AVIA SEGUROS Teléfono: +57 1 5877120
SEGUROS MÉDICOS INTERNACIONALES Bogotá: +57 1 7441440
Parques Nacionales Naturales de Colombia no se hace responsable por el cobro, emisión, entrega y demás procesos relacionados con la póliza. Cada visitante podrá averiguar costo, cobertura y cubrimiento en cada una de las entidades, con el objeto de escoger la que más le convenga o se ajuste a sus necesidades y posibilidades.
- Las reservas en calidad de pasadía se deben realizar al correo electrónico iguaque@parquesnacionales.gov.co con 24 horas antes de la visita indicando la cantidad de personas y la fecha en que desea ingresar, esto con el fin de evitar inconvenientes al momento de ingresar ya que la capacidad de carga es de 100 personas por día en el sendero.
- La reserva estará vigente hasta la 9:00 am del día de la visita.
- Se informa que los servicios adicionales al ingreso (alojamiento, restaurante y guianza) no se encuentran disponibles actualmente teniendo en cuenta la terminación del contrato de prestación de servicios ecoturísticos, por lo cual en el momento se prestará únicamente el servicio para pasadía.
HORARIO DE INGRESONota: El pago se realiza al ingresar al área protegida únicamente en efectivo.
El Horario de ingreso en calidad de Pasadía para recorrer el sendero a la Laguna de Iguaque es de 8:00 a.m. a 10:00 a.m. Después de esta hora no se permitirá el ingreso.
Visitante: Persona autorizada por Parques Nacionales Naturales para ingresar en una de las áreas que integran el sistema de Parques Nacionales Naturales, bien sea para visitar o realizar una o algunas de las actividades o servicios regulados por el administrador del Sistema en un periodo definido de tiempo.
Temporada alta: la temporada alta para estas áreas estará contemplada para las siguientes fechas: Periodos comprendidos entre el primero (1°) de Diciembre y el treinta y uno (31) de Enero, entre el primero (1°) de Junio y el treinta y uno (31) de Julio, la Semana Santa comprendida desde el domingo de ramos hasta el domingo de resurrección, los puentes nacionales con lunes festivo o correspondientes a la Ley 51 de 1983 “Ley Emiliani” (de viernes a lunes incluido) y la semana de receso escolar, es decir la semana inmediatamente anterior al día feriado en que se conmemora el descubrimiento de América (Decreto 1373 de 2007) que está comprendida entre los dos (2) sábados anteriores al festivo inclusive que se conmemora.
Temporada baja: Contemplada en las fechas que no se consideran temporada alta.
Se encuentran exentos de pago del derecho de ingreso a las áreas protegidas administradas por Parques Nacionales Naturales:
- Adulto nacional o extranjero residente en Colombia o miembro de la Comunidad Andina de Naciones – CAN, mayor de 65 años, quien debe acreditar su calidad mediante la presentación de cédula de ciudadanía o cédula de extranjería colombiana o visa (negocios, temporal o residente) o pasaporte respectivo.
- Menor de 5 años nacional o extranjero, quien debe acreditar su calidad con el Registro Civil de Nacimiento o Pasaporte.
- El personal vinculado a Parques Nacionales Naturales, por contrato laboral o de prestación de servicios, su cónyuge, compañero (a) permanente y sus parientes dentro del segundo grado de consanguinidad, primero de afinidad y primero civil, tres veces en el año calendario, cuando visite un Área Protegida por motivos de recreación.
- El servidor público y contratista de Parques Nacionales Naturales de Colombia, en ejercicio de sus funciones.
- Los estudiantes y profesores de instituciones públicas o privadas en el marco de programas de educación ambiental desarrollados por el área protegida en temporada baja y con previa revisión y aprobación del Jefe del área protegida.
- Los nativos de los centros poblados menores a 10.000 habitantes localizados en las zonas adyacentes a las áreas del Sistema de Parques Nacionales Naturales, así como los nativos de López de Micay, Timbiquí, Guapi, Iscuandé, El Charco, La Tola, Mosquera y Olaya Herrera para ingresar al PNN Gorgona y los nativos de Providencia para ingresar al PNN Old Providence & Mc Bean Lagoon, mediante la presentación de su documento de identidad. Esta exención será aplicable para el Parque Nacional Natural Tayrona, solo en la temporada baja definida en el artículo sexto de la presente Resolución.
- Los investigadores con previa revisión y aprobación del Jefe del área protegida en desarrollo de sus actividades en proyectos autorizados de las áreas del Sistema de Parques Nacionales Naturales.
- Los Nacionales o Extranjeros en condición de discapacidad.
- Los miembros de las comunidades indígenas, afrocolombianas, rom y raizales que vivan dentro del Área Protegida o los que habiten en las inmediaciones de las áreas del Sistema de Parques Naciones Naturales e ingresen para realizar actividades de pagamento o cualquier actividad tradicional de acuerdo a sus usos, costumbres y modos de vida propios.
- Los representantes de organismos públicos o privados, nacionales, internacionales y Organizaciones No Gubernamentales (ONG) que donen bienes en dinero o especie, en beneficio de Parques Nacionales Naturales de Colombia, para coadyuvar la función de salvaguarda y protección de las áreas del Sistema de Parques Nacionales Naturales, con el objetivo de verificar la destinación de los recursos donados y/o en el marco de los convenios celebrados, siempre y cuando cuenten con la autorización escrita.
- Los servidores públicos y contratistas de otras instituciones públicas distintas a PNNC en misión oficial.
- Los servidores públicos extranjeros en misión oficial.
- Los propietarios de predios privados que se encuentren dentro de un área del Sistema de Parques Nacionales Naturales, su cónyuge y familiares hasta el cuarto grado de consanguinidad, segundo de afinidad y primero civil, mediante la presentación del registro civil de nacimiento o matrimonio y en caso de unión marital con declaración juramentada; datos que se ingresarán en el registro de propietarios que lleve el área protegida.
- Los pobladores de la región que deben ingresar al área en actividades de paso.
- El personal de las Fuerzas Armadas y los trabajadores de empresas, cooperativas y/o asociaciones públicas o privadas que cuenten con instalaciones ubicadas dentro de las áreas protegidas que deban ingresar por razón de sus funciones, previa revisión y aprobación del Jefe del área protegida.
- Los Guardaparques Voluntarios por el término de su voluntariado y un año más contado a partir de la terminación del mismo, así como los Honorarios durante el término de un año contado a partir de su designación.
- Los instructores de buceo nacionales o extranjeros siempre que hagan parte de la tripulación de la embarcación. Para el efecto, los operadores de buceo deberán enviar a Parques Nacionales Naturales una relación en la que identificarán a cada uno de sus instructores y tripulantes, señalando el número de identificación correspondiente, a fin de acreditar dicha circunstancia.
- Los periodistas en ejercicio de sus funciones, debidamente acreditados.
- El cónyuge o compañera (o) permanente y los hijos menores de veinticinco (25) años sobrevivientes o, a falta de estos, los padres, de los miembros de la Fuerza Pública fallecidos en servicio activo, únicamente por hechos o actos ocurridos por causa y razón del mismo, o por acción directa del enemigo o en combate, y que por ello les haya sido reconocida pensión, en calidad de beneficiarios de la Ley 1699 de 2013, con la presentación de documento que para tal efecto determinen los grupos de prestaciones sociales de la Dirección Administrativa del Ministerio de Defensa Nacional y de la Policía Nacional o quien haga sus veces, conforme al artículo 3º de la precitada Ley.
- Los guías de turismo debidamente acreditados que prestan sus servicios en la respectiva área protegida.
- El personal vinculado, por contrato laboral o de prestación de servicios, al Ministerio de Ambiente y Desarrollo Sostenible, su cónyuge o compañero (a) permanente y sus parientes dentro del segundo grado de consanguinidad, primero de afinidad y primero civil, tres veces en el año calendario, cuando visite un área protegida por motivos de recreación.
- Los beneficiarios del incentivo de exoneración del pago del valor de ingreso en el marco de los distintos programas de promoción y apropiación de las áreas protegidas que establezca PNNC, tales como el “Pasaporte” de las áreas del Sistema de Parques Nacionales Naturales de Colombia.
En todo caso la autorización de ingreso a los exentos dependerá de la capacidad de carga y la zonificación del área protegida, salvo para quienes habitan de manera permanente en las áreas del Sistema de Parques Nacionales Naturales.
Mayores Informes:
reservas.ecoturismo@parquesnacionales.gov.co
Bogotá: Pbx: 3532400 Ext: 3011 – 3012, Calle 74 N° 11 – 81, Piso 1
El Santuario de Fauna y Flora Iguaque contiene muestras representativas de ecosistemas característicos de los andes colombianos, tales como bosque andino y páramo, además de vegetación de enclaves secos andinos, mayormente herbazales y arbustales muy alterados por la ocurrencia de incendios forestales, cuya distribución domina ampliamente el sur del sur de esta área protegida. Dentro de estos destaca una porción de páramo seco, ecosistema subrepresentado en el Sistema de Parques Nacionales Naturales de Colombia, lo cual confiere al Santuario singularidad y distintividad dentro del este.
La fauna silvestre de Iguaque, se ubica dentro de la zona zoogeográfica de fauna andina y fauna de páramo (Plan de Manejo SFFI 2017-2022), con presencia de especies, tales como: fara (o zarigüeya), murciélagos, guache (o cusumbo), tinajo, zorro, ardilla, curí, ratón de campo, armadillo, musaraña, entre otros. Los mamíferos de mayor tamaño y carismáticos son el venado coliblanco andino (Odocoileus goudotti) y el venado soche (Mazama rufina). Recientemente, en cámaras trampa se ha registrado tigrillo (Leopardus tigrinus) y ulamba (Eira barbara).
En cuanto a la avifauna, se cuenta con un registro alrededor de 173 especies de aves; siendo la Pava andina (Penelope montagnii) el ave más grande de los bosques andinos del Santuario. Se resalta también la presencia de 19 especies de colibríes, entre ellos el inca negro Coeligena prunellei (endémico para bosques húmedos montanos en Santander, Cundinamarca y Boyacá, está asociado a robledales); entre los colibríes casi endémicos se encuentran: Coeligena bonapartei, Eriocnemis cupreoventris y Chlorostilbon poortmani. Otras aves con importancia de endemismo se observan en Iguaque como: Atlapetes albofrenatus y el carpintero Melanerpes cf. Formicivorus (ambas endémicas para la cordillera oriental de los andes). Y casi endémicas están: Cinnycerthia unirufa, Myioborus ornatus, Nothocercus julius y Zentrygon linearis.
En el Santuario se definen variaciones de la vegetación de acuerdo con los gradientes altitudinales y las diferentes zonas climáticas: seca, semihúmeda y húmeda. Esto da paso a tres grandes tipos generales de formaciones vegetales, las cuales se suceden en un gradiente altitudinal – climático, que se pueden definir como: vegetación alto andina y páramo, y una tipología de enclave de vegetación andina tipo matorral subxerofítico de clima frío.
La vegetación alto andina está representada por los bosques nublados heterogéneos con predominio de amarillos, laureles, robles, gaques, cedro, cedro nogal, encenillo, cucharos, entre otras especies. La vegetación de páramo se encuentra dominada por bosque arbustivo y herbazal con mayor presencia de uvas de monte, rodamontes, senecios, siete cueros, frailejones, pastos de páramo, etc. Por su parte en el enclave seco se encuentra un matorral – pastizal degradado de tierra fría, dominado por arbustos de hayuelos, chites, camisetos, chilcos, amargosos, laurel, arrayán, pastos, etc.
Por la cercanía a los centros poblados hay una presencia de especies exóticas pino, acacia, eucalipto, retamo liso, pastos europeos, pastos africanos, y helechos marraneros. Estas especies vegetales coinciden aparecer en los sitios donde se han presentado incendios forestales de forma recurrente.
Destacan nueve especies de frailejón: Epeletia glandulosus, E. pleiochasia, E. murilloi, E. barclayana, E. guacharaca, E. boyacensis, E. pleiochasia var socotan y E, garciae y E. tunjana, esta dos últimas consideradas en peligro de extinción E. (EN- IUCN). E. Tunjana es exclusiva del ecosistema del páramo seco. Una nueva especie para la ciencia (Espeletia sp.) Nov, B.R. en preparación.
Entre las especies más vulnerables se encuentran el roble /Quercus humboldtii), el encenillo (Weinmannia tomentosa), los amarillos (Ocotea sp), los cedros (Cedrella montana) y cedro nogal (Juglans neotropica), así como los pinos colombianos: pino romeron (Retrophyllum rospigliosii) y pino hayuelo (Podocarpus oleifoliu). Estas especies fueron muy perseguidas en el pasado reciente, antes de la creación del Santuario.
Conservación y bienes y servicios ecosistémicos
En SFF Iguaque representa un espacio geográfico que hace parte de la estructura ecológica principal de la provincia del Alto Ricaurte, lo cual le confiere especial significado para el desarrollo social y socioeconómico regional y local, en particular para los municipios de Villa de Leyva, Arcabuco y Chíquiza, al constituir la principal fuente abastecedora de agua para consumo humano y actividades agropecuarias. Para garantizar la provisión de este recurso, es imperante conservar los ecosistemas que contine esta área protegia.
Agua
Ampliamente reconocidas son las bondades de los servicios ecosistémicos que brindan las áreas protegidas del país, lo cual, naturalmente, es extensivo a los distribuidos en el SFF Iguaque y su zona de influencia próxima (en su conjunto Macizo de Iguaque). La configuración del relieve, las características de la vegetación y los bajos niveles de precipitación del sector sur comunican a esta área protegida un territorio vital para la recarga de acuíferos (superficiales y subsuperficales) que abastecen de agua a numerosos acueductos rurales y urbanos de la población local de los municipios de Villa de Leyva, Arcabuco, Chíquiza, departamento de Boyacá.
Desde tiempos recientes existe una alta preocupación por la disminución paulatina del recurso, por la sensible disminución de su disponibilidad durante los periodos secos y por la variabilidad climática. De otro lado, la vulnerabilidad del macizo a la ocurrencia de incendios forestales ha dado origen a un paisaje muy degradado al sur del macizo, difícilmente recuperable bajo las condiciones adversas del medio físico (suelos, clima, relieve). Al tiempo, tales eventos han alterado drásticamente la estructura y la función (regulación hídrica, por ejemplo) de los ecosistemas originales que debieron de existir al sur del área protegida.
Esta área se constituye como un espacio esencial en la demanda hídrica de las poblaciones asociadas, es uno de los pocos lugares del país donde en un especio relativamente pequeño se pueden encontrar una diversidad de ecosistemas, entre ellos el singular páramo seco. Nuestro trabajo comunitario se ha desarrollado en actividades y procesos como:
- Procesos de restauración ecológica, principalmente con instituciones educativas y acueductos rurales, algunos de los cuales tienen concesión de aguas superficiales con el área.
- Acompañamiento y fortalecimiento a procesos ecoturísticos, tanto a guiase e intérpretes locales, como a grupos como grupos locales Chiquiguaque, Jacabuco y Turiguaque.
- Articulación y acompañamiento con instituciones educativas a través de los PRAES e iniciativas de Educación Ambiental locales.