Sistema Nacional de Parques Nacionales Naturales
Colombia es uno de los países más ricos en diversidad biológica y cultural en el mundo. Actualmente, esa diversidad está representada en 59 áreas naturales protegidas pertenecientes al Sistema de Parques Nacionales Naturales (SPNN), que con un total de 17’537.882,97* hectáreas representa el 8.47% de la superficie nacional (marina y terrestre). Dicha extensión de áreas protegidas del SPNN corresponde a un 12.62% del área continental a nivel nacional y un 3.37% del área marina a nivel nacional.
La entidad además tiene, a través de la delegación del Ministerio de Ambiente y Desarrollo Sostenible, la administración de tres (3) áreas protegidas adicionales bajo la categoría de Distritos Nacionales de Manejo Integrado-DNMI, las cuales tienen una extensión total de 3’214.077,68* ha.
Así, el total en extensión de áreas protegidas administradas por la entidad PNNC es de: 20’751.960,65 ha (que corresponden a 59 áreas del SPNNC más 3 DNMI), equivalente al 10.02% de la superficie nacional (marina y terrestre).
*Fuente: cifras de hectáreas geográficas del RUNAP, fecha de corte 27 de abril de 2022.
Parques Nacionales Naturales, a efectos de incorporar en su ejercicio misional el cumplimiento de los mandatos contenidos en el Convenio 169 de la OIT, -aprobado mediante la Ley 21 de 1991-, la Constitución Política de 1991 y sus desarrollos, construyó y adoptó, en el año 2002, la Política de Participación Social en la Conservación. Mediante ésta se fomenta un nuevo modelo de gobernanza entre sus áreas y los resguardos y/o territorios colectivos de pueblos indígenas y afrodescendientes. Esta corresponsabilidad sobre el territorio establece la necesidad de coordinar funciones y competencias entre la autoridad indígena y la autoridad ambiental, orientadas a la conservación de la biodiversidad y la preservación étnica y cultural de tales comunidades.
La implementación de esta Política, bajo el Subprograma Estrategias Especiales de Manejo, expresa su desarrollo en el conjunto de decisiones, acciones y medidas concertadas entre Parques Nacionales y las autoridades étnicas, para coordinar la función pública de la conservación y el ordenamiento ambiental de las áreas protegidas del Sistema de Parques Nacionales Naturales que presentan traslape parcial o total con resguardos indígenas, colindancia con Tierras de Comunidades Negras y/o superposición con territorios ancestrales indígenas y territorios simbólicos de pueblos afrodescendientes.
La construcción, formalización y puesta en marcha de Regímenes Especiales de Manejo (REM) como instrumentos de planificación y gestión en áreas de traslape con resguardos indígenas; y de Acuerdos de Uso y Manejo de Recursos Naturales con autoridades públicas indígenas, materializa los principios y lineamientos estratégicos de la Política de Participación Social en la Conservación con los pueblos indígenas de Colombia.
Los ejes principales que estructuran estos instrumentos son la cultura, el territorio y la gobernabilidad, en un marco favorable para la conservación de la biodiversidad y la pervivencia cultural de las comunidades étnicas relacionadas con las áreas protegidas. Es así como en el ejercicio de la participación en la conservación, se avanza hacia un proceso de ordenamiento ambiental del territorio, una reglamentación del uso y manejo de los recursos naturales de manera conjunta, y el ejercicio efectivo de la coordinación de la función pública de la conservación entre las dos autoridades.
- Parque Nacional: área de extensión que permita su autorregulación ecológica y cuyos ecosistemas en general no han sido alterados substancialmente por la explotación u ocupación humana, y donde las especies vegetales de animales, complejos geomorfológicos y manifestaciones históricas o culturales tienen valor científico, educativo, estético y recreativo Nacional y para su perpetuación se somete a un régimen adecuado de manejo.
- Reserva Natural: área en la cual existen condiciones primitivas de flora, fauna y gea, y está destinada a la conservación, investigación y estudio de sus riquezas naturales.
- Área Natural Única: área que, por poseer condiciones especiales de flora o gea es un escenario natural raro.
- Santuario de Flora: área dedicada a preservar especies o comunidades vegetales para conservar recursos genéticos de la flora nacional.
- Santuario de Fauna: área dedicada a preservar especies o comunidades de animales silvestres, para conservar recursos genéticos de la fauna nacional.
- Vía Parque: Faja de terreno con carretera, que posee bellezas panorámicas singulares o valores naturales o culturales, conservada para fines de educación y esparcimiento.
Lo invitamos a consultar las publicaciones aquí