Santuario de Flora Isla de la Corota

Objeto del acto: Declaratoria
Fecha del acto: 6/06/1977
Distribución en departamentos: Nariño
Extensión total: 16,20 hectáreas

Descripción del Área

El Santuario de Flora Isla de la Corota, que de lejos parece el caparazón de una gran tortuga a punto de emerger del agua, es una isla que está ubicada en el norte de la Laguna de la Cocha o lago Guamuez. Es el único ecosistema “Bosque Andino Insular Lacustre».

Recomendaciones especiales
Para la visita al santuario se recomienda llevar ropa abrigada, guantes, bufanda y zapatos cómodos. No hay servicio de unidades sanitarias. Recomendamos visitar las reservas naturales que están en las 18 veredas del corregimiento de El Encano.
Recomendaciones de Seguridad y Prevención de riesgo
Abstenerse de ingresar a la Capilla o evitar permanecer mucho tiempo dentro, debido a que hay conceptos que indican el riesgo y fallas estructurales de esta infraestructura. Verifique que el agua que va a consumir sea potable.

Vía aérea: Se puede tomar transporte aéreo hasta el aeropuerto Antonio Nariño del Municipio de Chachagui o en el Aeropuerto San Luis de la ciudad de Ipiales, en el departamento de Nariño, desde las principales ciudades del país.

Vía terrestre: Se puede tomar transporte público hasta la ciudad de Pasto.

El acceso desde Pasto es por la vía al Putumayo hasta el corregimiento del Encano a 22 km,

Desde El Encano encontrará tres caminos diferentes:

1.- Por el occidente de la Laguna de la Cocha hacia el Sendero Interveredal Casapamba, Muelle Vereda El Motilón y la playa de la Vereda Romerillo.

2.- Por el Oriente de la Laguna, hacia las veredas San José, Santa Clara, Santa Rosa, Mojondinoy y Santa Teresita.

3.- En la vereda El Puerto a orillas de la laguna para tomar una lancha hacia el área protegida.

El Santuario cuenta con una infraestructura que apoya actividades de educación ambiental e investigaciones en convenio con entidades educativas propias de la región.

La gestión del Santuario busca articular a los operadores turísticos locales y/o Reservas Naturales ubicadas en las 10 veredas del corregimiento del Encano, donde se desarrollan las principales actividades ecoturísticas y de turismo de naturaleza por parte de comunidades campesinas e indígenas.

Investigación y Educación Ambiental

Las acciones de protección y conservación realizada por Parques Nacionales Naturales, ha dado como resultado, la recuperación del bosque andino, con una exuberante presencia de especies de flora del área protegida, su estado de conservación la convierten en un lugar apto para la realización de investigación científica, de acuerdo al portafolio de investigaciones definido para el área protegida.

Senderismo

Antes de iniciar cualquier actividad, acérquese a los funcionarios para recibir información y orientaciones del Santuario.

Actualmente solo hay acceso al Sendero El totoral (200 m, dificultad baja): Permite observar un ecosistema acuático que es hábitat de aves residentes y migratorias (octubre-abril).

Fotografía y Video

Las bellezas escénicas del SF Isla de la Corota son el lugar perfecto para esta actividad, aunque si las fotos o videos tienen fines comerciales o de publicación se debe solicitar el permiso a Parques Nacionales Naturales.

Observación de Aves

Colombia es el país que tiene mayor número de especies de aves en el mundo, por eso es un destino turístico para los observadores aficionados y profesionales.

El Santuario es hábitat de aproximadamente 65 especies de aves terrestres, como gorriones, cucaracheros y mirlas, acuáticas como fochas, pato de pico dorado, pato rufo, chorlos entre otras, migratorias (boreales-australes) y algunas permanentes.

Valor de ingreso

Visitante: Persona autorizada por Parques Nacionales Naturales para ingresar en una de las áreas que integran el sistema de Parques Nacionales Naturales, bien sea para visitar o realizar una o algunas de las actividades o servicios regulados por el administrador del Sistema en un periodo definido de tiempo.

Temporada alta: la temporada alta para estas áreas estará contemplada para las siguientes fechas Periodos comprendidos:

  • Entre el primero (1°) de Diciembre y el treinta y uno (31) de Enero, incluye la temporada de carnavales de Blancos y negros en la primera semana de enero.
  • Segundo fin de semana de febrero, con motivo de celebración de fiestas religiosas.
  • Entre el primero (1°) de Junio y el treinta y uno (31) de Julio,
  • Semana Santa comprendida desde el domingo de ramos hasta el domingo de resurrección
  • Los puentes nacionales con lunes festivo o correspondientes a la Ley 51 de 1983 “Ley Emiliani” (de viernes a lunes incluido).
  • La semana de receso escolar, es decir la semana inmediatamente anterior al día feriado en que se conmemora el descubrimiento de América (Decreto 1373 de 2007) que está comprendida entre los dos (2) sábados anteriores al festivo inclusive que se conmemora.

Temporada baja: Contemplada en las fechas que no se consideran temporada alta.

Se encuentran exentos de pago del derecho de ingreso a las áreas protegidas administradas por Parques Nacionales Naturales:

  1. Adulto nacional o extranjero residente en Colombia o miembro de la Comunidad Andina de Naciones – CAN, mayor de 65 años, quien debe acreditar su calidad mediante la presentación de cédula de ciudadanía o cédula de extranjería colombiana o visa (negocios, temporal o residente) o pasaporte respectivo.
  2. Menor de 5 años nacional o extranjero, quien debe acreditar su calidad con el Registro Civil de Nacimiento o Pasaporte.
  3. El personal vinculado a Parques Nacionales Naturales, por contrato laboral o de prestación de servicios, su cónyuge, compañero (a) permanente y sus parientes dentro del segundo grado de consanguinidad, primero de afinidad y primero civil, tres veces en el año calendario, cuando visite un Área Protegida por motivos de recreación.
  4. El servidor público y contratista de Parques Nacionales Naturales de Colombia, en ejercicio de sus funciones.
  5. Los estudiantes y profesores de instituciones públicas o privadas en el marco de programas de educación ambiental desarrollados por el área protegida en temporada baja y con previa revisión y aprobación del Jefe del área protegida.
  6. Los nativos de los centros poblados menores a 10.000 habitantes localizados en las zonas adyacentes a las áreas del Sistema de Parques Nacionales Naturales.
  7. Los investigadores con previa revisión y aprobación del Jefe del área protegida en desarrollo de sus actividades en proyectos autorizados de las áreas del Sistema de Parques Nacionales Naturales.
  8. Los Nacionales o Extranjeros en condición de discapacidad.
  9. Los miembros de las comunidades indígenas, afrocolombianas, rom y raizales que vivan dentro del Área Protegida o los que habiten en las inmediaciones de las áreas del Sistema de Parques Naciones Naturales e ingresen para realizar actividades de pagamento o cualquier actividad tradicional de acuerdo a sus usos, costumbres y modos de vida propios.
  10. Los representantes de organismos públicos o privados, nacionales, internacionales y Organizaciones No Gubernamentales (ONG) que donen bienes en dinero o especie, en beneficio de Parques Nacionales Naturales de Colombia, para coadyuvar la función de salvaguarda y protección de las áreas del Sistema de Parques Nacionales Naturales, con el objetivo de verificar la destinación de los recursos donados y/o en el marco de los convenios celebrados, siempre y cuando cuenten con la autorización escrita.
  11. Los servidores públicos y contratistas de otras instituciones públicas distintas a PNNC en misión oficial.
  12. Los servidores públicos extranjeros en misión oficial.
  13. Los propietarios de predios privados que se encuentren dentro de un área del Sistema de Parques Nacionales Naturales, su cónyuge y familiares hasta el cuarto grado de consanguinidad, segundo de afinidad y primero civil, mediante la presentación del registro civil de nacimiento o matrimonio y en caso de unión marital con declaración juramentada; datos que se ingresarán en el registro de propietarios que lleve el área protegida.
  14. Los pobladores de la región que deben ingresar al área en actividades de paso.
  15. El personal de las Fuerzas Armadas y los trabajadores de empresas, cooperativas y/o asociaciones públicas o privadas que cuenten con instalaciones ubicadas dentro de las áreas protegidas que deban ingresar por razón de sus funciones, previa revisión y aprobación del Jefe del área protegida.
  16. Los Guardaparques Voluntarios por el término de su voluntariado y un año más contado a partir de la terminación del mismo, así como los Honorarios durante el término de un año contado a partir de su designación.
  17. Los instructores de buceo nacionales o extranjeros siempre que hagan parte de la tripulación de la embarcación. Para el efecto, los operadores de buceo deberán enviar a Parques Nacionales Naturales una relación en la que identificarán a cada uno de sus instructores y tripulantes, señalando el número de identificación correspondiente, a fin de acreditar dicha circunstancia.
  18. Los periodistas en ejercicio de sus funciones, debidamente acreditados.
  19. El cónyuge o compañera (o) permanente y los hijos menores de veinticinco (25) años sobrevivientes o, a falta de estos, los padres, de los miembros de la Fuerza Pública fallecidos en servicio activo, únicamente por hechos o actos ocurridos por causa y razón del mismo, o por acción directa del enemigo o en combate, y que por ello les haya sido reconocida pensión, en calidad de beneficiarios de la Ley 1699 de 2013, con la presentación de documento que para tal efecto determinen los grupos de prestaciones sociales de la Dirección Administrativa del Ministerio de Defensa Nacional y de la Policía Nacional o quien haga sus veces, conforme al artículo 3º de la precitada Ley.
  20. Los guías de turismo debidamente acreditados que prestan sus servicios en la respectiva área protegida.
  21. El personal vinculado, por contrato laboral o de prestación de servicios, al Ministerio de Ambiente y Desarrollo Sostenible, su cónyuge o compañero (a) permanente y sus parientes dentro del segundo grado de consanguinidad, primero de afinidad y primero civil, tres veces en el año calendario, cuando visite un área protegida por motivos de recreación.
  22. Los beneficiarios del incentivo de exoneración del pago del valor de ingreso en el marco de los distintos programas de promoción y apropiación de las áreas protegidas que establezca PNNC, tales como el “Pasaporte” de las áreas del Sistema de Parques Nacionales Naturales de Colombia.

En todo caso la autorización de ingreso a los exentos dependerá de la capacidad de carga y la zonificación del área protegida, salvo para quienes habitan de manera permanente en las áreas del Sistema de Parques Nacionales Naturales.

Mayores Informes:

www.parquesnacionales.gov.co

reservas.ecoturismo@parquesnacionales.gov.co

Bogotá: Pbx: 6013532400 Ext: 3011 – 3012,

Calle 74 N° 11 – 81, Piso 1

El Santuario de Flora Isla de la Corota, el único ecosistema “Bosque Andino Insular Lacustre” rodeado por una franja de totora, en la Laguna de La Cocha, Humedal Ramsar.

Por las condiciones del humedal, la fauna es bastante diversa con variedad de aves residentes y migratorias como por ejemplo: la fúlica (Fulica ardesiaca), zambullidor (Podylimbus podiceps), garza pescadora (Nycticorax nycticorax), gorrión (Zonotrichia capensis), tamborero (Amphelion rubroscristata), mirlas (Turdus fuscater y Turdus serranus), reinitas (Myioborus melanocephalus y M. ornatus), semillero (Atlapetes schistaceus) y colibríes (Colibrí coruscans y Coeligena torquata). También es notable la presencia de gran número de mariposas alas de cristal.

Entre los anfibios se encuentran ocho especies pertenecientes al género Pristimantis y algunos mamíferos pequeños como ratones silvestres (Thomasomys laniger y Aakodon sp.) y murciélagos.

Se han registrado más de 340 especies de flora con dominancia de motilón dulce (Hieronyma macrocarpa), arrayán (Eugenia sp.), fragua (Befaria glauca), cerote (Hesperomeles glabrata), canelón (Drymis granantesis), siete cueros (Tibouchina sp.), encino churoso (Weinmannia tomentosa) y moquillo (Saurauia sccabra), entre otras. Las epifitas más comunes son las bromelias, que se observan desde el nivel del suelo hasta el dosel, además de orquídeas y anturios. Los cinturones de totora (Schoenoplectus californicus) que bordean la isla corresponden a un ecosistema acuático que sirve de hábitat y refugio para las aves acuáticas, anfibios y peces.

No hay habitantes en el área del Santuario. En la zona aledaña al Santuario, en el Corregimiento del Encano, viven familias campesinas e Indígenas Quillasingas que han constituido más de 120 Reservas Naturales, como una muestra significativa del interés por la conservación de la biodiversidad de la región.

La isla representa para estas comunidades un sitio sagrado de creación ancestral.

Con las instituciones educativas así como con las comunidades indígenas y campesinas se adelantan procesos de intercambio de saberes en relación con el patrimonio cultural y natural, así como en prácticas de producción sostenible.